URUBASKET
APROBARON REGLAMENTO DE CESIÓN DE PLAZAS DE
LA LIGA URUGUAYA (Texto corregido)
1.
Los Clubes que obtengan el ascenso a Primera
División , una vez culminada la competencia de
Segunda División, dispondrán de un plazo que
vencerá indefectiblemente el 31 de Marzo
siguiente, para manifestar por escrito a la FUBB
su decisión de participar en el Campeonato de
Primera División que le corresponda hacerlo, o
de desistir de participar en el mismo. La falta
de comunicación en el plazo indicado se
interpretará como confirmación tácita de
participación.
2.
Si confirmara su participación, en forma tácita
o expresa, y posteriormente desistiera de
hacerlo, no podrá participar en el campeonato de
Segunda División siguiente al de Primera en que
no participa, debiendo hacerlo en la Divisional
Tercera , debiendo abonar la cuota de afiliación
de Primera hasta el comienzo de su participación
en Tercera.
3.
Si desistiera de participar en el Campeonato de
Primera
División que le
corresponda hacerlo, pero lo comunicara
en tiempo y forma,
podrá participar en el siguiente
campeonato de
Segunda División, siempre y cuando
comunique la cesión
de su plaza en Primera a otro Club,
antes del 31 de
marzo.
4.
La cesión de plaza podrá cederse en las
condiciones que se establecen a continuación:
Condiciones para ceder la plaza
El Club que desista de participar en Primera
División, podrá acordar libremente la cesión de
su plaza, y comunicar dicho acuerdo antes en el
plazo indicado en el numeral 3o., con cualquier
Club de la FUBB que cumpla con los siguientes
requisitos y condiciones:
Ø
Disponer de un estadio o gimnasio que cumpla con
las exigencias de la Primera División
Ø
No registrar reclamos pendientes ante el
Tribunal de Libre de deuda
Ø
No registrar atrasos en el pago de sus
obligaciones corrientes con la Tesorería de la
FUBB
Ø
No registrar sanciones por sanciones del
tribunal de penas de suspensión de
afiliación, o pérdida de mas de cinco puntos en
los últimos 24 meses calendarios anteriores a la
fecha límite establecida para comunicar la
cesión de plaza (31 de marzo)
Ø
Haber participado en las dos últimas temporadas
en cualquier divisional de la FUBB (1ª, 2ª o 3ª)
5.
Las condiciones del acuerdo entre el Club
cedente y el cesionario de la plaza no tienen
que ser comunicadas a la FUBB. Por tanto la
Cesión se considerará perfeccionada con la
presentación de una comunicación por escrito
firmada por los representantes estatutarios de
ambas Instituciones, y el depósito de U$S 5.000
, que la FUBB destinará al fondo
de Primera División.
6.
En caso de que el Club que pretenda ceder la
plaza, no haya logrado alcanzar un acuerdo con
ningún Club de los calificados para ser
cesionarios, antes del 31 de Marzo, deberá
participar en Primera División, o desistir y
jugar en la Divisional Tercera.
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